La pensión de alimentos durante las vacaciones de verano

Mis hijos van a pasar conmigo las vacaciones de verano.. ¿vengo obligado a seguir pagando la pensión de alimentos al otro progenitor? ¡Veámoslo!

La pensión de alimentos que se abona al progenitor custodio en favor de los hijos se trata de un pago que se encuentra prorrateado anualmente. 

¿Y por qué motivo eso es así?

La realidad es que se trata de “una cantidad que debe computarse globalmente, pues los medios del obligado y las necesidades del alimentista se valoran con esa referencia temporal, ya que ni unos ni otros son fijos mes a mes” (Sentencia de la Audiencia Pronvicial de Burgos de 30 de mayo del año 2000). 

En definitiva, la respuesta sería que efectivamente el progenitor no custodio viene obligado a abonar la pensión de alimentos al otro progenitor pese a que los hijxs se encuentren en su compañía en periodos largos como son las vacaciones de verano.

 

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