¿Me pueden multar por no llevar conmigo el DNI?

Aunque comúnmente podamos pensar que es obligatorio, la realidad es que no es preceptivo salir a calle con nuestro Documento Nacional de Identidad (DNI).

Ahora bien, lo que sí es obligatorio es identificarse cuando la autoridad lo requiera.

Así, el artículo 9.2. de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de ciudadana dispone que: “Todas las personas obligadas a obtener el Documento Nacional de Identidad (>14 años) lo están también a exhibirlo y permitir la comprobación de las medidas de seguridad”

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