Rueda de reconocimiento
La rueda de reconocimiento es una diligencia de investigación en la fase de instrucción (artículos 368 y siguientes de la LECrim).
Se constituye con el objetivo de identificar al investigado a partir de su fisionomía.
El investigado comparece junto con otros individuos que reúnen características físicas similares a este - en cuanto al sexo, edad, estatura, raza...- frente al testigo, con el objetivo de que este manifieste si alguno de los presentes es identificado como el autor de los hechos investigados.
Esta diligencia se realiza de tal forma que el testigo no puede ser visto por el investigado tras un cristal opaco.
REQUISITOS:
- Se practica en sede judicial.
- El investigado debe estar asistido por Abogado.
- Es preceptiva la presencia del Juez de Instrucción y el Letrado de la Administración de Justicia.
La diligencia tendrá la consideración de prueba preconstituida, pues no es posible su reproducción en el juicio oral, pero habrá de ser ratificada en juicio por el testigo que ha hecho la identificación para ser introducida entre el elenco de pruebas susceptibles de enervar la presunción de inocencia.
Fotografía de la portada de Diego Sinova, 2004 publicada en el diario El Mundo: https://www.elmundo.es/blogs/elmundo/madridbajosfondos/2010/03/08/reconoce-usted-a-este-hombre.html