¿Se pueden utilizar los mensajes de Whatsapp como medio de prueba en un procedimiento?

Sí, los mensajes de Whatsapp (así como emails, comentarios en foros, un tuit, etcétera.) tienen eficacia probatoria en un procedimiento judicial siempre y cuando se cumplan dos presupuestos esenciales:

1.- Que la prueba se haya obtenido con pleno respeto a las garantías constitucionales. ¿Qué significa eso? Que la prueba será ilícita si para su obtención de hubiesen vulnerado derechos fundamentales como la intimidad, el secreto de las comunicaciones o la inviolabilidad del domicilio. 

Un ejemplo claro sería que si los mensajes son de un tercero y quien los quiere aportar no es remitente o receptor de los mismos, sin consentimiento de estos no podrá aportarlos, pues, en caso contrario, se estaría vulnerando el derecho de secreto de comunicaciones.

2.- Los mensajes de Whatsapp deben ser auténticos.- Evidentemente, es una prueba que se puede impugnar, alegando la falsedad de los mismos, en cuyo caso habría que realizar una pericial técnica sobre el móvil para ver el origen y destino de esos WhatsApp.

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