Derecho de Familia e Infancia

Me centro en comprender no solo los aspectos jurídicos de cada caso, sino también las necesidades y preocupaciones personales de mis clientes. Busco proporcionar un entorno de apoyo mientras trabajamos diligentemente para alcanzar soluciones equitativas y duraderas.

Los procedimientos de derecho de familia abarcan una esfera legal especialmente delicada y sensible, dado que involucran aspectos fundamentales de las relaciones personales y familiares. La complejidad emocional que rodea a estos asuntos hace que aborde cada caso con una sensibilidad particular.

Si has llegado hasta aquí es porque seguramente estás en una separación o divorcio, tienes una disputa en relación a la custodia de tus hijos/as o sobre la pensión de alimentos. Estos procesos a menudo desencadenan una amplia gama de emociones y tensiones, ya que afectan directamente a la dinámica familiar y la vida cotidiana de los involucrados.

Estos procedimientos implican considerar el bienestar emocional y psicológico de las partes afectadas y, sobretodo, el de los niños/as. 

La empatía y la atención personalizada son pilares fundamentales en mi asesoría jurídica. Mi misión fundamental es guiar a mis clientes a través de estos momentos difíciles, ofreciendo representación sólida y abogando por el interés superior de las personas y familias involucradas.

1.- ¿Qué tipo de procedimientos?

  • Divorcios y separaciones (mutuo acuerdo y contenciosas).
  • Regimen económico matrimonial.
  • Parejas de hecho.
  • Custodia compartida y custodia exclusiva.
  • Pensión de alimentos.
  • Atribución del uso de la vivienda familiar.
  • Modificación de medidas.
  • Expedientes de jurisdicción voluntaria.

2.- ¿Por qué elegirme?

  • Atención personalizada.
  • Comunicación permanente.
  • Gestión eficaz, rápida y diligente.

FAQs

La separación y el divorcio son dos situaciones legalmente muy distintas:

  1. Separación:
    • La separación implica que la pareja decide vivir cada uno por separado, pero legalmente aún están casados.
    • Durante una separación, las parejas pueden establecer acuerdos temporales sobre cuestiones como la custodia de los hijos, pensión de alimentos o la distribución de sus bienes.
    • La separación puede ser temporal de manera que algunas parejas pueden reconciliarse y vuelven a vivir juntas o puede ser definitiva.
  2. Divorcio:
    • El divorcio implica la disolución legal del vínculo matrimonial. Después de un proceso judicial o notarial, la pareja ya no está legalmente casada.
    • Se establecen acuerdos sobre cuestiones como la custodia de los hijos, la pensión de alimentos o compensatoria, la disolución del régimen matrimonial, entre otras. 
    • El divorcio pone fin a todos los lazos legales entre las partes y les permite volver a contraer matrimonio si así lo desean.

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que la ley atribuye a los padres sobre sus hijos menores de edad, con el fin de proteger el interés superior y el bienestar de los hijos, y que comprende el deber de cuidarlos, educarlos, alimentarlos, representarlos y administrar sus bienes.

La guarda y custodia es una atribución inherente a la patria potestad, la cual implica la responsabilidad de convivir y cuidar de los hijos menores. Esta facultad de guarda y custodia se refiere al cuidado diario de los niños y niñas. 

Según lo dispuesto en el artículo 142 del Código Civil dispone que : "Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. La pensión de alimentos comprenden también la educación e instrucción de alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.”

 

El régimen de visitas y comunicaciones se configura como una doble vertiente:

Por un lado, como el deber que corresponde al progenitor no custodio de relacionarse con sus hijas e hijos menores, y por el otro, como el derecho que les asiste a estos de poder relacionarse con sus padres. 

Algunos aspectos comunes incluidos en un régimen de visitas y comunicaciones son la frecuencia y duración de las visitas, los lugares de encuentro y las comunicaciones, entre otros. 

Artículos relacionados