Caso de éxito | Estimación recurso de apelación por no acreditar cambio de circunstancias en el régimen de recogidas y entregas

La Audiencia Provincial de Madrid revoca la decisión del Tribunal de Instancia:

Mediante Sentencia de 6 de febrero de 2026, la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Vigesimosegunda) estima nuestro recurso de apelación y revoca la sentencia de instancia. 

Nosotros sosteníamos que no constaba acreditado el cambio de circunstancias en el régimen de recogidas y entregas: 

Lo que trataba la progenitora materna es de disfrazar su propio interés personal como si este respondiera al interés superior de la menor, puesto que las circunstancias actuales son las mismas que las que, en su momento, dieron lugar a la redacción del convenio regulador, el cual fue acordado por ambos progenitores con vocación de permanencia en el tiempo. 

La Audiencia Provincial acoge nuestros argumentos: 

"Es factible anticipar la procedencia de la estimación del recurso, con lógica revocación parcial de la sentencia apelada, para mantener, como se acordara en la parte dispositiva de la presente resolución, el lugar de entregas y recogidas de la menor de edad XXXX inicialmente convenido, sin perjuicio de que las partes actúen con la debida flexibilidad, alcanzando cuantos pactos consideren oportunos en orden a repetidos intercambios en el desarrollo de las comunicaciones paternofiliales, sin que ninguna razón concurra para modificar el convenio, de carácter sustancial, estructural, con vocación de futuro en el tiempo, ajeno a la voluntad de quien interpela judicialmente la variación, e imprevisible, de este simple aspecto, en términos previstos por el legislador y arriba expuesto para operar el cambio, que, por cierto, no redunda en modo alguno en beneficio de la menor de edad, sino en el exclusivo interesado de su progenitora, que por esta vía impropia ha dado lugar a la revisión del convenio."

Se estima nuestro recurso y se mantiene el régimen de visitas establecido en el convenio regulador:

Por todo ello, la Audiencia Provincial de Madrid estima nuestro recurso y revoca la sentencia de instancia acordando mantener el el régimen de visitas paternofiliales acordado en la sentencia. 

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