EL PLAZO PARA RECLAMAR LA PATERNIDAD COMPUTA DESDE QUE EXISTEN INDICIOS, NO DESDE LA PRUEBA DE ADN
🗓️ PLAZO DE UN AÑO PARA RECLAMAR LA FILIACIÓN:
El cómputo del plazo de caducidad (1 año) para ejecutar la reclamación de la paternidad se inicia cuando el progenitor tiene conocimiento de las circunstancias objetivas o tiene indicios racionales, no desde la obtención del resultado de la prueba de ADN (Sentencia del (Civil), sec. 1ª, S 26-01-2026, nº 66/2026, rec. 2609/2025).
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