USO DEL MATERIAL GEN脡TICO: Consentimiento expreso de la persona fallecida
馃К Seguro que recuerdas cuando hace unos a帽os, Ana Obreg贸n decidi贸 utilizar el material gen茅tico de su hijo fallecido para convertirse en madre por gestaci贸n subrogada.
Recientemente, la Audiencia Provincial de Vizcaya (sec. 3陋, 17-12-2024, n潞 119/2024, rec. 830/2024) se ha pronunciado, en un caso distinto, sobre el consentimiento expreso para utilizar material gen茅tico de una persona fallecida.
En este supuesto, el Juzgado de Primera Instancia deneg贸 la autorizaci贸n de la mujer del fallecido que pretend铆a utilizar material gen茅tico 芦post mortem禄 del que era su marido, argumentando la ausencia de consentimiento expreso.
La apelante sosten铆a que s铆 exist铆a consentimiento presunto, basado en el deseo de ambos de tener hijos, las consultas m茅dicas previas y el inicio de un procedimiento de reproducci贸n asistida. Sin embargo, la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelaci贸n.
La Audiencia acuerda que el consentimiento debe ser expl铆cito (art铆culo 9 de la LTRHA) y no puede ser inferido de la voluntad manifestada en vida.
Si quieres saber m谩s sobre este post o te encuentras en una situaci贸n similar a esta, no dudes en contactar conmigo en:
馃摡 gcurbelo@icam.es
鈽庯笍 614307408
馃搷Calle del General Or谩a, 26 - Madrid
馃寪 www.abogadaperezcurbelo.com