¿PUEDO UTILIZAR LOS INFORMES DE UN DETECTIVE PRIVADO EN UN PROCESO DE FAMILIA?
🕵🏻🔍¿PUEDO UTILIZAR LOS INFORMES DE UN DETECTIVE PRIVADO EN UN PROCESO DE FAMILIA?
La respuesta es afirmativa. El artículo 265.1.5 de la LEC establece que: “ 1. A toda demanda o contestación habrán de acompañarse: 5º. Los informes, elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que aquéllas apoyen sus pretensiones. Sobre estos hechos, si no fueren reconocidos como ciertos, se practicará prueba testifical.”
👀¿EN QUÉ SUPUESTOS PODEMOS ACUDIR A ESTA PRUEBA?
En procesos de familia, los informes de detectives privados suelen emplearse, entre otros, en casos como:
• El no uso de la vivienda familiar porque uno de los progenitores ha pasado a residir a otra vivienda con una nueva pareja.
• Convivencias con terceros a efectos de extinguir la pensión compensatoria.
• Actividades laborales de los obligados al pago de la pensión de alimentos.
• Falta de disponibilidad para ejercer la custodia compartida por parte de uno de los progenitores.
• A los efectos de acreditar conductas de los progenitores adictos al alcohol u otras drogas tóxicas.